Derechos humanos. A partir del siglo XVII empieza a surgir la idea contemporánea del “derecho natural”. En esta medida, en varios lugares del mundo surgen una serie de cambios en las estructuras mentales que posibilitan el surgimiento de la Habeas Corpus Act (Ley de hábeas corpus) en 1679 y la Bill of Rights (Declaración de Derechos) en 1689. Por otro lado, en Francia como consecuencia de la Revolución francesa se hace pública la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en 1789. Poco a poco, comenzaron a propagarse este tipo de ideas en donde primaba el bienestar del hombre.
Se empezaron a crear códigos y normas que velaban por el respeto al individuo, entonces en Estados Unidos, por ejemplo, entró a regir la Convención sobre la Esclavitud de 1926, que prohibía la esclavitud en todas sus formas. Como consecuencia de la Primera Guerra Mundial la Sociedad de Naciones impulsó los Convenios de Ginebra sobre seguridad, respeto y derechos mínimos de los prisioneros de guerra, y en 1948 tras la Segunda Guerra Mundial, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el documento titulado Declaración Universal de los Derechos Humanos. Este es un conjunto de normas y principios, garantía de la persona frente a los poderes públicos. Y marca unas directrices para asegurar la convivencia entre todos.
Desde este momento se estipuló que los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Ahora bien, los derechos humanos universales y la ley debe garantizarlos, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. A partir de estas normas los gobiernos tiene la potestad de tomar o no medidas en determinadas situaciones, con la intención de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.
En relación al principio de la universalidad de los derechos humanos, en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en el año de 1993, se dispuso que todos los Estados tenían la obligación, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales. Algunas normas fundamentales de derechos humanos gozan de protección universal en virtud del derecho internacional consuetudinario a través de todas las fronteras y civilizaciones.
Debemos indicar que los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, excepto en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales: se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito. Existen derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales: el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos estos derechos deben avanzar de la mano para procurar su buena ejecución.
La no discriminación compone el tema central de ciertas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Claramente se ha estipulado que es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos, y por ende debe estar en todos los principales tratados de derechos humanos. El principio de la no discriminación se integra con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo primero de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.
Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben procurar no interferir en el disfrute de los derechos humanos, no en todos los casos. Ahora bien, los Estados deben impedir los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. Para ello, los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.
Colombia es uno de los países que necesita serios proyectos en relación a los Derechos Humanos debido a su panorama desde tiempos atrás: específicamente, la Guerra de los Mil Días, la violencia política, el conflicto entre guerrillas, paramilitares, narcotraficantes y fuerza pública. Todo esto ha producido que cientos de miles de civiles han sido asesinados, desaparecidos o desplazados. Aunque se ha avanzado en materia de derechos humanos gracias al desarme y la desmovilización de los grupos guerrilleros con los Acuerdos de Paz, así como la labor de la Misión de la ONU, aún existen muchas violaciones de los derechos humanos perpetrados por el mismo Estado colombiano.